Los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los 2,625 nuevos soles ya puede iniciar el trámite para solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, informó hoy la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).
De esta manera, los contribuyentes que se encuentren exclusivamente en Cuarta Categoría ya no estarán afectos a la retención y/o pago a cuenta que realiza el empleador mensualmente por concepto de Impuesto a la Renta.
Según una resolución de la Sunat publicada hoy, aquellos que proyecten que sus ingresos anuales durante el 2011 no superará los 31,500 soles, podrán solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta.
Para realizar dicho trámite, el contribuyente deberá ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe) y acceder a la opción Sunat Operaciones en Línea (SOL), donde podrá ubicar el Formulario Virtual No. 1609.
Luego de llenar el formulario con la información solicitada, se podrá imprimir la “Constancia de Autorización” de suspensión.
Finalmente, precisó que si en un determinado mes se perciben rentas que superan los montos señalados, los contribuyentes deberán declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta.
Fuente: Andina





